Impuesto sobre patrimonio

El impuesto sobre Patrimonio se restauró en España debido a la crisis económica, inicialmente, de forma provisional para dos ejercicios fiscales, pero su aplicación se ha normalizado y se devenga anualmente.

Aunque cada Comunidad Autónoma tiene sus bonificaciones, reducciones y límites aplicables, puesto que es un impuesto transferido a las autonomías, como norma general, para los residentes españoles graba la tenencia de activos, ya sea bienes, dinero, fondos… pudiendo deducir en determinados casos deudas y obligaciones.

Nosotros nos encargamos de analizar el valor de todos su bienes, obligaciones y deudas para determinar si tiene la obligación de presentar el impuesto o no, ya que existe un mínimo exento dependiendo de la comunidad autónoma, y en el caso que tenga que presentarlo, le podemos ofrecer una planificación fiscal para reducir su tributación en años posteriores.

Descargo de responsabilidad

Estas preguntas y respuestas se han elaborado teniendo en cuenta casos concretos que podrían no ser de aplicación genérica, por lo tanto, si quiere un asesoramiento personalizado, póngase en contacto con nosotros, ya que la resolución de estas preguntas puede ser de no aplicación para su caso en concreto y pueden llevar a un resultado perjudicial o contrario al ordenamiento jurídico. La empresa no se hace responsable del contenido de las preguntas y respuestas puesto que para tomar decisiones se debe realizarse un estudio fiscal para cada caso concreto.

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