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Declaración de alquileres inmuebles

Declaración de alquileres inmuebles

Cuando un no residente tiene inmuebles en España y los alquila, nacen obligaciones fiscales para esta persona. Se debe declarar el beneficio o pérdida obtenido por este alquiler en España, y una vez analizado el convenio de doble imposición entre su país de residencia y España, se determinará la posibilidad de deducir este impuesto en su declaración de ingresos en su país de residencia.

Dependiendo de si la residencia es en un país de la Unión Europea o en un país tercero, se podrá deducir unos gastos u otros y tributará a una tasa impositiva distinta.

Podemos ayudarle a confeccionar su declaración de renta de no residentes para declarar los alquileres de sus inmuebles en tiempo y forma y asesorarle sobre la posible deducción de las tasas pagadas en España en su país de origen.

Preguntas frecuentes

En el último trimestre he pagado más impuestos por mis ingresos de alquiler, ¿podría ser por el Brexit? Ha cambiado mi tipo impositivo y los gastos deducibles?

Para los propietarios no residentes de inmuebles en España, que residen dentro de la Unión Europea y alquilan éstos inmuebles, el tipo impositivo es del 19% y se permiten deducir gastos. Al producirse el Brexit, los británicos están considerados no europeos a nivel fiscal, por lo que el tipo impositivo para estas rentas es del 24% sin la posibilidad de deducir gastos relacionados con el inmueble.

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Fecha de actualización: 19/10/2026

En el caso que no haya alquileres en un trimestre, pero haya recibido un ingreso para una reserva en futuros periodos, ¿se debe realizar alguna declaración?

El artículo 15 de la Ley IRNR establece que los contribuyentes que obtengan rentas sin mediación de establecimiento permanente tributarán de forma separada por cada devengo total o parcial de renta sometida a gravamen, sin que sea posible compensación alguna entre aquéllas. Por lo tanto, si en un periodo no se ha arrendado un inmueble, pero ha sido exigible los honorarios en concepto de reserva, se debe declarar la renta en el trimestre en que se ha recibido el ingreso.

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Fecha de actualización: 14/03/2022

Descargo de responsabilidad. Estas preguntas y respuestas se han elaborado teniendo en cuenta casos concretos que podrían no ser de aplicación genérica. Si quiere un asesoramiento personalizado, póngase en contacto con nosotros, ya que la resolución de estas preguntas puede no ser aplicable a su caso concreto y llevar a un resultado perjudicial o contrario al ordenamiento jurídico. La empresa no se hace responsable del contenido de las preguntas y respuestas, puesto que para tomar decisiones debe realizarse un estudio fiscal de cada caso concreto.

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