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En el caso que no haya alquileres en un trimestre, pero haya recibido un ingreso para una reserva en futuros periodos, ¿se debe realizar alguna declaración?

Revisado por el equipo fiscal de Easy Tax Advice · Fecha de actualización:

El artículo 15 de la Ley IRNR establece que los contribuyentes que obtengan rentas sin mediación de establecimiento permanente tributarán de forma separada por cada devengo total o parcial de renta sometida a gravamen, sin que sea posible compensación alguna entre aquéllas. Por lo tanto, si en un periodo no se ha arrendado un inmueble, pero ha sido exigible los honorarios en concepto de reserva, se debe declarar la renta en el trimestre en que se ha recibido el ingreso.

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