Ir al contenido

Constitución empresas

Constitución empresas

La planificación fiscal, es uno de los puntos más importantes a la hora de empezar un negocio o una inversión. Pídanos consejo para que le ayudemos a escoger entre desarrollar su actividad o inversión a través de una sociedad mercantil o como autónomo.

Si lo que le desea es invertir en la compra de una propiedad, ya sea residente o no residente en España, también puede ser interesante comprar el inmueble a través de una sociedad, una vez analizado el objetivo final de la compra.

Nuestro despacho se encargará de todos los trámites para constituir su empresa, inscribirla en el Registro Mercantil, hacer el alta en Hacienda y tenerla a punto para desarrollar la actividad o realizar la inversión deseada.

Preguntas frecuentes

¿En la constitución de sociedades limitadas, es obligatorio aportar el capital social mínimo de 3.000€?

En la constitución de empresas, concretamente en las sociedades limitadas, y en base a lo dispuesto en el artículo 62.2 de la Ley de sociedades de Capital, actualmente no es necesario acreditar la aportación del capital social, siempre y cuando los socios se hagan responsables solidariamente frente a acreedores de la realidad de las mismas.

Leer la consulta completa →

Fecha de actualización: 20/03/2022

Descargo de responsabilidad. Estas preguntas y respuestas se han elaborado teniendo en cuenta casos concretos que podrían no ser de aplicación genérica. Si quiere un asesoramiento personalizado, póngase en contacto con nosotros, ya que la resolución de estas preguntas puede no ser aplicable a su caso concreto y llevar a un resultado perjudicial o contrario al ordenamiento jurídico. La empresa no se hace responsable del contenido de las preguntas y respuestas, puesto que para tomar decisiones debe realizarse un estudio fiscal de cada caso concreto.

Ha llegado el momento de conocernos

Contáctenos y le responderemos en un plazo máximo de 24 horas