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¿Qué multa hay por no llevar el registro de jornada?

Revisado por Axel Castillo · Fecha de actualización:

En resumen. No llevar el registro de jornada, o llevarlo mal, es una infracción grave (artículo 7.5 de la LISOS) que se sanciona con una multa de 751 a 7.500 €, según su gravedad. Además, sin registro es muy difícil defenderse si un trabajador reclama horas extra.

Infracción grave

La Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) considera infracción grave incumplir las normas sobre jornada, y entre ellas el registro (artículo 7.5). Las infracciones graves se sancionan con multas que van de 751 a 7.500 € (artículo 40.1.b), en tres tramos:

  • Grado mínimo: de 751 a 1.500 €.
  • Grado medio: de 1.501 a 3.750 €.
  • Grado máximo: de 3.751 a 7.500 €.

El grado depende, entre otras cosas, del número de trabajadores afectados, de si hay reincidencia y del perjuicio causado. Las reformas que se están tramitando prevén endurecerlo y contar una infracción por cada trabajador afectado, así que conviene no dejarlo para más adelante.

Qué mira la Inspección de Trabajo

  • Que exista un registro diario de todos los trabajadores, con hora de entrada y de salida.
  • Que refleje las horas reales y no un horario teórico copiado día tras día.
  • Que se conserve cuatro años y se entregue en el momento.
  • Que las horas que superan la jornada se paguen o se compensen como horas extra.

El riesgo que más cuesta: las horas extra

Si un trabajador reclama horas extra y la empresa no tiene un registro fiable, el juez puede dar por buenas las horas que alega el trabajador. Un buen registro protege a la empresa tanto como al trabajador.

Cómo evitar la sanción

  1. Usa un sistema que registre la hora real en el momento de fichar.
  2. Que no permita borrar fichajes: las correcciones deben quedar con autor y motivo.
  3. Revisa cada mes los días sin fichar o con fichajes incompletos.
  4. Descarga y guarda el registro mensual.

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